EL UNIVERSAL
Señalan que recurso interpuesto no incurre en causales de inadmisibilidad
El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió la acción de nulidad interpuesta por trabajadores eléctricos,contra el decreto presidencial del 24 de abril de 2013, publicado en la Gaceta Oficial 40.153, a través del cual se ordenó la intervención de Corpoelec.
La acción de nulidad fue introducida por Aldo Torres González, Alí Briceño Puerta, Reynaldo Díaz Caraballo, Ana Palmira Abreo Cabeza y Juan De La Cruz Quintero, trabajadores de la eléctrica estatal.
La acción de nulidad fue interpuesta en lo que respecta al contenido de los artículos 9 en sus numerales 14 y 16, y los artículos 10 y 14 del referido Decreto, por considerar los solicitantes que con su aplicación «se están violentando varias disposiciones constitucionales además de tratados internacionales suscritos por el país (…)», según esgrimieron en el escrito presentado ante el TSJ.
Constató el Juzgado de Sustanciación que el recurso interpuesto no incurre en las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, por lo que fue admitido y se ordenó, entre otras cosas, notificar al Procurador General de la República (E), al ministro del Despacho de la Presidencia y al presidente de la Junta Interventora de Corpoelec y a la Fiscal General de la República.
La decisión señala que «en base a lo establecido en el artículo 79 de la mencionada Ley Orgánica, se acordó solicitar al ministro del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión del Gobierno, los antecedentes correspondientes relacionados con este juicio».
http://www.eluniversal.com/economia/131003/tsj-admite-nulidad-contra-intervencion-de-corpoelec